Tribunal Eclesiástico
EL TRIBUNAL ECLESIÁSTICO Y SU COMPOSICIÓN
I.- ¿QUÉ ES EL TRIBUNAL ECLESIÁSTICO?
En la Iglesia Católica, los tribunales eclesiásticos son organismos jurídicos
donde se juzga con derecho propio y exclusivo las causas que se refieren a cosas espirituales, o relacionadas a ellas, así como la violación de las leyes eclesiásticas y todo aquello que contenga razón de pecado, por lo que se refiere a la determinación de la culpa y a la imposición de penas eclesiásticas (cfr. Código de Derecho canónico, canon 1401). cada diócesis y para todas las causas, exceptuadas aquellas señaladas expresamente por el Derecho Canónico, el juez de primera instancia es el Obispo, quien puede ejercer esta potestad por sí mismo o por medio de otros (cfr. Código de Derecho Canónico, canon 1419). El Tribunal Eclesiástico es el órgano que ayuda al Obispo con esta misión.
La nulidad matrimonial
Es la declaración pública, dictada por los tribunales eclesiástico, tras un proceso judicial por la que se declara Que un matrimonio concreto no llegó a surgir por ausencia de un requisito necesario para su validez. La declaración de nulidad, no anula el matrimonio válido, sino que reconoce que un matrimonio nunca fue contraído válidamente.
¿Es un proceso costoso?
No lo es. El papa Francisco ha querido establecer la gratuidad del proceso de nulidad. Los fieles que solicitan la nulidad son invitados a contribuir en la medida de sus posibilidades, con los gastos del funcionamiento del tribunal.
¿Es necesario un abogado?
No es necesario un abogado. Las personas contarán con el acompañamiento de los párrocos y sacerdotes que trabajan en la Diócesis de Palmira para adelantar las causas de nulidad.
¿Que pasa con los hijos?
La eventual declaración de la nulidad del matrimonio no afecta la legitimidad, ni exime tampoco a los padres del cumplimiento de sus deberes en el cuidado y educación de los hijos.
¿Dónde debo acudir para iniciar el proceso?
Lo más aconsejable es dirigirse directamente a la parroquia, acordar una cita con el párroco para recibir la asesoría y el acompañamiento requeridos.
¿Cuanto dura un proceso de nulidad?
En promedio la resolución de una causa puede tardar entre un mes (Procesos breves, previas condiciones canónicas) y/o entre 6 y 12 meses.
Pasos para gestionar “la nulidad matrimonial”
2. Concurrir a la cita en el día y la hora acordada para la exposición del caso
3. Responder formulario entregado al párroco
4. Análisis de parte del párroco para orientar y presentar la demanda
6. No fundamentos para gestionar la nulidad. (Aquí terminaría)
7. Si hay fundamentos:
7.1 proceso breve en este tribunal:
– propuesta por ambas partes, o por una de ellas con el consentimiento de la otra.
– Evidencia de la nulidad y facilidad de la prueba además. (Inicio del proceso)
7.2 Proceso ordinario: decreto de aceptación o rechazo de la demanda (inicia el proceso)
Obispo: Monseñor Rodrigo Gallego Trujillo
Juez: Pbro. Semey de Jesús Lucumí
Defensor de la causa
Notario(a):
Juez instructor:
Teléfonos: (2)2722872. Ext:
Correo Electrónico: [email protected]
Dirección: carrera 30, calle 30 29-79- Curia diocesana
Diócesis de Palmira
Estámos prestos a responder cualquier solicitud o inquietud referente a nuestra Diócesis, no dudes en escribirnos o contactarnos por medio de nuestros canales de comunicación.